CLASIFICACIÓN EMPRESAS CONTRATISTAS
Ayudamos a tu empresa a conseguir la clasificación empresarial que se merece. Nuestro servicio de tramitación de clasificación de empresas contratistas facilitará que tu sociedad aumente su volumen de negocio.
Somos la consultoría de clasificación de empresas contratistas mejor valorada del 2022.
Clasificación empresarial de obras y servicios
Somos la consultoría líder en tramitación de expedientes de clasificación de empresas contratistas.
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Resultados 100% garantizados
En CLAYGES contamos con personal técnico-administrativo avalado por una sólida experiencia profesional en el ámbito de la contratación pública, que además confieren especial importancia al trato personalizado con cada cliente.
Pensamos que cada entidad tiene sus circunstancias y nos debemos adaptar a ellas. Gracias a nuestro servicio integral, podrás externalizar toda la carga de trabajo de tu empresa para mejorar la clasificación de contratista.
Cómo solicitar la clasificación para poder presentarse a licitaciones
Obtenemos la clasificación empresarial en tiempo record. Déjalo en nuestras manos. Ofrecemos un servicio adaptado a las necesidades de cualquier empresa que quiera clasificarse para presentar licitaciones. Ocúpate de la parte productiva del negocio. Somos consultores de clasificación de contratistas desde hace más de 15 años
Elaboramos los certificados de buena ejecución para tu empresa y tramitamos el expediente de clasificación, para mantener y mejorar tus grupos y subgrupos de clasificación de contratista.
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Precio de la tramitación de expedientes de clasificación empresarial
El precio de tramitar la clasificación de tu empresa dependerá de varios factores:
- Si se trata de una nueva clasificación, ampliación o renovación trienal.
- Si tu organización o entidad es de servicios, de obras o de ambas.
- La cantidad de servicios/obras anuales.
- El volumen de dichas obras y servicios.
- Elaboración de los certificados de buena ejecución por nuestra parte y cálculo de la anualidad de cada grupo y subgrupo.
Como estimación, desde 500 €, puedes contratar nuestros servicios de clasificación de tu empresa; el precio final dependerá de las variables anteriores. La ventaja radica en que podrás concentrarte en tu actividad y por lo tanto, ser más productivo para tu empresa. Elaboraremos un estudio previo gratuito para conocer lo que tu organización necesita y lo que te podemos ofrecer.
Te proporcionaremos un presupuesto muy ajustado porque queremos tenerte de cliente para siempre. Nuestra oficina se encuentra en Huesca, pero gestionamos expedientes a nivel nacional.
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¿Cómo obtener la clasificación empresarial en 2023?
Para obtener la clasificación de contratistas en el 2023, seguimos los siguientes pasos:
- Realizamos un estudio previo gratis para saber cómo está actualmente tu empresa. Con este estudio te damos nuestra propuesta.
- Te garantizamos un servicio rápido y económico. Gracias a la experiencia adquirida en los últimos 15 años podemos ajustar el precio con la mayor calidad. 100% de éxito garantizado.
- Estamos siempre disponibles para lo que necesites. Te resolveremos cualquier duda que te pueda surgir en el proceso de clasificación y para cualquier duda sobre contratación con la administración pública. De igual forma, te avisaremos cuando haya cambios legales que afecten a tu empresa.
- Te asesoramos sobre cualquier tema de solvencia económica y financiera, técnica o profesional.
- Confeccionamos el expediente de clasificación completamente. Elaboramos los borradores de los certificados de buena ejecución para que puedas cotejarlos previamente. Cumplimentamos el impreso de solicitud con las actividades, grupos y subgrupos a obtener, mediante los distintos anexos del expediente, todos los datos de características jurídicas, experiencia, recursos humanos y materiales y medios financieros de la empresa.
- Presentamos la solicitud en el Registro de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Realizamos la gestión y tramitación directa de los expedientes de Clasificación presencialmente ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado. Atenderemos todos los requerimientos del organismo para sacar adelante el expediente.
- En resumen: realizamos la gestión integral de la clasificación de la empresa.
¿Qué trabajo tendrá que realizar su organización para poder tramitar el expediente de clasificación empresarial?
Nos tendrán que suministrar la información, datos y documentos necesarios de su empresa para poder elaborar el expediente completo de solicitud de Clasificación.
Una vez redactados los certificados de buena ejecución, se deberán recabar las firmas necesarias, devolviéndonos los originales para poder aportarlos al expediente de solicitud de Clasificación de contratistas, mantenimiento y/o revisión.
Preguntas frecuentes sobre la de clasificación empresarial
¿Qué es la Clasificación empresarial?
– La clasificación empresarial es un requisito indispensable para poder licitar en determinados contratos de las Administraciones Publicas, concretamente y tras la puesta en vigor del Real Decreto 773/2015 de 28 de Agosto, para contratos de obras superiores a 500.000 €.
– Además, para licitaciones menores a esta cantidad mencionada en la que no es exigible y para todos los contratos de servicios la clasificación como contratista de obras o empresa de servicios en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para poder contratar.
– Las Empresas son clasificadas en los distintos subgrupos de actividades, (posteriormente objeto de los contratos para las Administraciones Publicas) con una categoría que indica el límite económico superior de los contratos en los que puede licitar.
Para qué sirve la calificación empresarial
La clasificación de contratista sirve para acreditar la solvencia de las empresas que quieren contratar con las administraciones públicas. Por lo tanto, nos permite acreditar la solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional. Si dispones de una clasificación que no tienen otros licitadores, tendrás una gran ventaja ya que habrá menor competencia.
La clasificación como contratistas del estado es obligatoria para poder optar a concursos y licitaciones de ejecución de obras y servicios de todas las Administraciones Públicas (de importes superiores a 500.000 euros, en el caso de las obras). Disponer de dicha clasificación te garantizará la solvencia económica y financiera y de la solvencia técnica y profesional para poder licitar a los concursos de obras y servicios que sean de tu interés.
Es destacable que, para contratos donde no sea exigible la clasificación, debido al importe de la licitación, la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que corresponda al objeto del contrato, acreditará la solvencia económica, financiera, técnica y profesional para contratar.
En Clayges (Clasificación y gestión empresarial Osca S.L.) nos dedicamos profesionalmente a gestionar todo lo relacionado con lo establecido en la actual Ley de Contratos del Sector Público R.D.L. 3/2011 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Por ello, la contratación pública es el área en el que estamos más especializados: las gestiones dentro de este campo que realizamos abarcan la práctica totalidad de las exigencias de esta Ley, destacando la confección y tramitación de expedientes de clasificación de empresas contratistas de obras y de empresas de servicios.
¿Cuáles son los subgrupos de OBRAS en los que se puede clasificar una Empresa?
– La clasificación de obras se divide en 11 grupos generales los cuales a su vez se disgregan en subgrupos diferenciando las distintas actividades correspondientes a dicho grupo general:
• A. Movimiento de tierras y perforaciones
1. Desmontes y vaciados.
2. Explanaciones.
3. Canteras.
4. Pozos y galerías.
5. Túneles.
• B. Puentes, viaductos y grandes estructuras
1. De fábrica u hormigón en masa.
2. De hormigón armado.
3. De hormigón pretensado.
4. Metálicos.
• C. Edificaciones
1. Demoliciones.
2. Estructuras de fábrica u hormigón.
3. Estructuras metálicas.
4. Albañilería, revocos y revestidos.
5. Cantería y marmolería.
6. Pavimentos, solados y alicatados.
7. Aislamientos e impermeabilizaciones.
8. Carpintería de madera.
9. Carpintería metálica.
• D. Ferrocarriles
1. Tendido de vías.
2. Elevados sobre carril o cable.
3. Señalizaciones y enclavamientos.
4. Electrificación de ferrocarriles.
5. Obras de ferrocarriles sin cualificación específica.
• E. Hidráulicas
1. Abastecimientos y saneamientos.
2. Presas.
3. Canales.
4. Acequias y desagües.
5. Defensas de márgenes y encauzamientos.
6. Conducciones con tubería de presión de gran diámetro.
7. Obras hidráulicas sin cualificación específica.
• F. Marítimas
1. Dragados.
2. Escolleras.
3. Con bloques de hormigón.
4. Con cajones de hormigón armado.
5. Con pilotes y tablestacas.
6. Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas.
7. Obras marítimas sin cualificación específica.
8. Emisarios submarinos.
• G. Viales y pistas
1. Autopistas, autovías.
2. Pistas de aterrizaje.
3. Con firmes de hormigón hidráulico.
4. Con firmes de mezclas bituminosas.
5. Señalizaciones y balizamientos viales.
6. Obras viales sin cualificación específica.
• H. Transportes de productos petrolíferos y gaseosos
1. Oleoductos.
2. Gasoductos.
• I. Instalaciones eléctricas
1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos.
2. Centrales de producción de energía.
3. Líneas eléctricas de transporte.
4. Subestaciones.
5. Centros de transformación y distribución en alta tensión.
6. Distribución en baja tensión.
7. Telecomunicaciones e instalaciones radioeléctricas.
8. Instalaciones electrónicas.
9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica.
• J. Instalaciones mecánicas
1. Elevadoras o transportadoras.
2. De ventilación, calefacción y climatización.
3. Frigoríficas.
4. De fontanería y sanitarias.
5. Instalaciones mecánicas sin cualificación específica.
• K. Especiales
1. Cimentaciones especiales.
2. Sondeos, inyecciones y pilotajes.
3. Tablestacados.
4. Pinturas y metalizaciones.
5. Ornamentaciones y decoraciones.
6. Jardinería y plantaciones.
7. Restauración de bienes inmuebles histórico-artísticos.
8. Estaciones de tratamiento de aguas.
9. Instalaciones contra incendios.
¿Cuáles son los subgrupos de SERVICIOS en los que se puede clasificar una Empresa?
– Estos son los grupos de servicios actuales:
Grupo L. Servicios administrativos
- Subgrupo 1. Servicios auxiliares para trabajos administrativos de archivo y similares.
- Subgrupo 3. Encuestas, toma de datos y servicios análogos.
- Subgrupo 5. Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones.
- Subgrupo 6. Servicios de portería, control de accesos e información al público.
Grupo M. Servicios especializados
- Subgrupo 1. Higienización, desinfección, desinsectación y desratización.
- Subgrupo 2. Servicios de seguridad, custodia y protección.
- Subgrupo 4. Artes gráficas.
- Subgrupo 5. Servicios de bibliotecas, archivos y museos.
- Subgrupo 6. Hostelería y servicios de comida.
Grupo O. Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles
- Subgrupo 1. Conservación y mantenimiento de edificios.
- Subgrupo 2. Conservación y mantenimiento de carreteras, pistas, autopistas, autovías, calzadas y vías férreas.
- Subgrupo 3. Conservación, mantenimiento y explotación de redes de agua y alcantarillado.
- Subgrupo 4. Conservación, mantenimiento y explotación de estaciones depuradoras.
- Subgrupo 6. Conservación y mantenimiento de montes y jardines.
Grupo P. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones
- Subgrupo 1. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones eléctricas y electrónicas.
- Subgrupo 2. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de fontanería, conducciones de agua y gas.
- Subgrupo 3. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado.
- Subgrupo 5. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de seguridad y contra incendios.
- Subgrupo 7. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de aparatos elevadores y de traslación horizontal.
Grupo Q. Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria
- Subgrupo 1. Mantenimiento y reparación de maquinaria.
- Subgrupo 2. Mantenimiento y reparación de vehículos.
Grupo R. Servicios de transportes
- Subgrupo 1. Transporte de viajeros por carretera.
- Subgrupo 2. Traslado de enfermos por cualquier medio de transporte.
- Subgrupo 5. Recogida y transporte de residuos.
- Subgrupo 6. Servicios aéreos.
- Subgrupo 9. Servicios de mensajería, correspondencia y distribución.
Grupo T. Servicios de contenido
- Subgrupo 1. Servicios de publicidad.
- Subgrupo 5. Servicios de traductores e intérpretes.
Grupo U. Servicios generales
- Subgrupo 1. Servicios de limpieza.
- Subgrupo 4. Agencias de viajes.
- Subgrupo 8. Servicios de información y asistencia telefónicas.
Grupo V. Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- Subgrupo 3. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones informáticas y de telecomunicaciones.
- Subgrupo 4. Servicios de telecomunicaciones.
- Subgrupo 5. Explotación y control de sistemas informáticos e infraestructuras telemáticas.
¿Quién concede la clasificación?
– La clasificación la concede la comisión de clasificación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y que depende directamente del Ministerio de Economía y Hacienda
– Igualmente las Comunidades Autónomas pueden emitir certificados de clasificación por sus propias Juntas Consultivas, pero estos certificados son solo validos para sus propios Organismos y entidades locales. A modo de ejemplo, si el Ministerio de Agricultura licitara una obra en Barcelona, una Empresa con clasificación emitida por la Junta Consultiva de la Generalitat de Catalunya, no podría participar en el citado concurso.
Cuáles son los limites de las categorías de clasificación?
A partir de Noviembre de 2015, en las licitaciones aparecerán las dos tipos de clasificaciones solicitadas para que la Empresa aporte la que ostente en ese momento. Esto sucederá hasta el año 2020 en el que ya solo se aceptaran las “nuevas” clasificaciones. En las licitaciones hasta el 2020 aparecerán un cuadro con las dos clasificaciones exigidas para cada licitación. Los limites y categorías son los siguientes:
LIMITES Y CATEGORIAS HASTA NOVIEMBRE 2015 CLASIFICACION OBRAS
CATEGORIA A OBRAS HASTA 60.000 €
CATEGORIA B OBRAS HASTA 120.000 €
CATEGORIA C OBRAS HASTA 360.000 €
CATEGORIA D OBRAS HASTA 840.000 €
CATEGORIA E OBRAS HASTA 2.400.000 €
CATEGORIA F OBRAS SIN LIMITE
NUEVOS CATEGORIAS Y LIMITES CLASIFICACION OBRAS
CATEGORIA 1 OBRAS HASTA 150.000 €
CATEGORIA 2 OBRAS HASTA 360.000 €
CATEGORIA 3 OBRAS HASTA 840.000 €
CATEGORIA 4 OBRAS HASTA 2.400.000 €
CATEGORIA 5 OBRAS HASTA 5.000.000 €
CATEGORIA 6 OBRAS SIN LIMITE
LIMITES Y CATEGORIAS HASTA NOVIEMBRE 2015 – CLASIFICACION SERVICIOS
CATEGORIA A SERVICIOS HASTA 150.000 €
CATEGORIA B SERVICIOS HASTA 300.000 €
CATEGORIA C SERVICIOS HASTA 600.000 €
CATEGORIA D SERVICIOS SIN LIMITE
NUEVAS CATEGORIAS Y LIMITES CLASIFICACION SERVICIOS
CATEGORIA 1 SERVICIOS HASTA 150.000 €
CATEGORIA 2 SERVICIOS HASTA 300.000 €
CATEGORIA 3 SERVICIOS HASTA 600.000 €
CATEGORIA 4 SERVICIOS HASTA 1.200.000 €
CATEGORIA 5 SERVICIOS SIN LIMITE
¿Qué requisitos debe cumplir una Empresa para poder clasificarse?
– En primer lugar puede solicitar clasificación cualquier persona física o jurídica con capacidad de obrar y ejecutar servicios.
– En el caso de personas jurídicas (sociedades), es necesario que el objeto social de la Empresa recoja las actividades en las que la Empresa se quiere clasificar.
– Deben estar habilitados para ejercer la actividad según la normativa vigente. Por ejemplo, una Empresa que quiera clasificarse en instalaciones eléctricas en baja tensión (subgrupo I-6), debe poseer el certificado de Empresa Instaladora en Baja Tensión.
– Debe poseer medios humanos para la ejecución de los trabajos, esto significa que la Empresa tiene que tener personal propio contratado para la realización de las obras que comprendan los subgrupos en los que quiere clasificarse. El régimen, muy habitual en nuestros días , de subcontratar la mayoría de los trabajos, no es idóneo para poder clasificarse.
– La Empresa debe tener disponibilidad de maquinaria, ya sea en propiedad, alquiler o arrendamientos financieras, igualmente específicos para la ejecución de las obras. Por ejemplo, una Empresa que solicita clasificarse en el subgrupo A-1 de desmontes y vaciados, debe haber tenido disponibilidad de una excavadora, ya sea en propiedad o alquiler. Igualmente la herramienta manual es tenida en cuenta para otorgar las clasificaciones.
– La entidad igualmente debe gozar de una capacidad financiera y económica, por un lado la Empresa no puede estar en causa de disolución (patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social), y por otro lado, solo para la clasificación de obras, ya que la de Servicios no lo exige, la Ley especifica que para poder otorgar las distintas categorías, la Empresa debe tener declarado en cuentas anuales, patrimonio neto suficiente dependiendo del limite a obtener, estos serian los nuevos requisitos:
NUEVOS REQUISITOS DE PATRIMONIO NETO SOLO PARA CLASIFICACION DE OBRAS
CATEGORIA 1 OBRAS HASTA 150.000 €
CATEGORIA 2 OBRAS HASTA 360.000 €
CATEGORIA 3 OBRAS HASTA 840.000 €
CATEGORIA 4 OBRAS HASTA 2.400.000 €
CATEGORIA 5 OBRAS HASTA 5.000.000 €
CATEGORIA 6 OBRAS SIN LIMITE
PATRIMONIO NETO NECESARIO
CATEGORIA 1 – 15.000 €
CATEGORIA 2 – 36.000 €
CATEGORIA 3 – 84.000€
CATEGORIA 4 – 240.000 €
CATEGORIA 5 – 500.000 €
CATEGORIA 6 – 1.000.000 €
– Uno de los requisitos más importantes es la experiencia en la ejecución de obras y servicios. Para la clasificación en obras, la Junta Consultiva tendrá en cuenta la obra realizada durante los 10 últimos años. Para la clasificación de servicios, la Junta tendrá en cuenta la experiencia de los últimos 5 años. Aunque una Empresa se puede clasificar sin demostrar experiencia y aportando solo sus medios tanto técnicos, como personales y materiales; la ejecución de obras y servicios es un factor bastante importante para el otorgamiento y cálculo de las clasificaciones.
¿Caduca la clasificación?
Tal como estipula el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en su artículo 70. las clasificaciones tendrán una vigencia indefinida en tanto se mantengan por el empresario las condiciones y circunstancias en que se basó para su concesión. Sin embargo, para el mantenimiento de dicha clasificación indefinida, deberá justificarse anualmente la solvencia económica y financiera y cada tres años, la solvencia técnica y profesional.
– Si una Empresa quiere ampliar sus clasificaciones, lo puede hacer en cualquier momento, siempre y cuando hayan variado las circunstancias que le posibiliten poder ampliar, ya sea por aumento en la experiencia en la ejecución de trabajos ya sea de obras o servicios, adquisición de maquinaria, contratación de técnicos, ampliación del importe de Patrimonio Neto, etc. Para poder ampliar, es necesario confeccionar un Expediente Completo de Clasificación.
– La Junta Consultiva puede revisar las clasificaciones en cualquier momento, ya sea de oficio o por las renovaciones para el mantenimiento de la solvencia económica y financiera así como la técnica y profesional. Si la Junta Consultiva estima que se han modificado los valores por los que en su día se concedió la clasificación, puede abrir un Expediente de revisión en el que se requerirá a la Empresa para que aporte la documentación necesaria para poder mantener sus clasificaciones.
Cuándo debe revisarse el expediente de clasificación empresarial
La empresa está obligada a revisar su expediente cuando los recursos que se aportaron al expediente anterior, han sufrido cambios (han aumentado o han disminuido). El órgano encargado de conceder el certificado de clasificación podrá solicitar de oficio la revisión de la clasificación vigente de una entidad.
Por otra parte, el certificado de clasificación empresarial también se puede revisar de forma voluntaria para solicitar la mejora de sus clasificaciones, ya sea en grupos, subgrupos o categorías.